jueves, 11 de marzo de 2010

LIMITACION A LAS CARTAS DE PORTE

Como sabemos muchos productores tienen inconvenientes al momento de trasladar su cosecha por la limitación de la cantidad de cartas de porte que autoriza AFIP.


Ante la llegada de la nueva super-cosecha de soja ( si es que el clima acompaña los 2 meses que restan) empiezan a surgir dudas respecto al número de cartas de porte que podrá tener cada productor, por eso aquí haremos un breve resúmen:


PRODUCTORES INSCRIPTOS IVA e INSCRIPTOS y ACTIVOS en el REGISTRO DE OPERADORES DE GRANOS: AFIP otorga las cartas de porte conforme a la capacidad productiva declarada. Se entiende por capacidad productiva declarada hectáreas afectadas a agricultura s/Resol 2750


PRODUCTORES INSCRIPTOS IVA NO INCLUIDOS EN EL ROG: aquí habrá que distinguir entre aquellos que cumplieron con la RG 2750 y los que no:


a)SI PRESENTÓ O PRESENTA LA DDJJ DE LA RG 2750: AFIP otorga cartas de porte conforme a la capacidad productiva declarada con un máximo de CINCUENTA por año.


b)SI NO PRESENTÓ NI PRESENTA LA DDJJ DE LA RG 2750: AFIP otorga un máximo de diez cartas de porte por año.


• PRODUCTORES MONOTRIBUTISTAS
AFIP aumentará el número de cartas de porte a otorgar en base a la categorización y el monto de facturación que corresponde.


-Para categorías I, J, K: hasta 8 cartas de porte por año

-Para categorías L y M: hasta 10 cartas de porte por año

-Para otras categorías: hasta 4 cartas de porte por año.


Es fundamental que los productores monotributistas se inscriban en el Padrón de Productores.


Próximamente los productores deberán informar las cartas de porte vencidas, extraviadas o anuladas, de esa manera AFIP autorizará cartas de porte que la reemplacen.

Cualquier consulta sobre el tema, puede remitirla a cpnmonjo@hotmail.com o dejar su consulta comentando este post (más abajo).

Saludos y hasta la próxima.


CPN. MONJO FERNANDO

PROYECTO LITORAL


Fuentes: RG 2595 AFIP,
Alejandro Ciancaglini

1 comentario:

Fernando Monjo dijo...

Ver ampliación del número de cartas de porte para productores monotributistas s/resol 2797/10 en el siguiente link http://proyectolitoral.blogspot.com/2010/03/productores-monotributistas-afip.html

Saludos y hasta la próxima.

CPN. MONJO FERNANDO
PROYECTO LITORAL

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