Proyecto Litoral les trae aquí una noticia que no resulta muy positiva pero que se encuentra al sector agroindustrial.
Y se trata de que mientras la Comisión de Enlace Agropecuaria evalúa las futuras acciones a adoptar ante lo que consideran la falta de respuesta del Gobierno nacional; la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tiene todo preparado para avanzar sobre el campo.
Y esto es así ya que en virtud de la Resolución de Afip 2457 en menos de una semana, más de 2.000 empresas vinculadas al sector deberán informar al detalle las ventas realizadas durante 2007 y 2008.
Más precisamente, deberán brindar un informe desagregado mensual del total de ventas y prestaciones de servicios concertados entre enero de 2007 y agosto de este año.
Respecto al tipo de información y al nivel de detalle solicitado, se advierte que las condiciones establecidas por la AFIP son “irrazonables”.
Operaciones a informar.
a) Las operaciones de venta, locaciones o prestaciones que efectúen los sujetos obligados a informar, así como todo otro concepto facturado o liquidado por separado, relacionado con las citadas operaciones o con su forma de pago que, como consecuencia de cualquier actividad que desarrollen, realicen con adquirentes, locatarios, prestatarios, comisionistas, consignatarios, etc.
b) Los descuentos y bonificaciones otorgados, así como las quitas, devoluciones y rescisiones efectuadas, que se documenten en forma independiente de las ventas, locaciones, y prestaciones.
c) Quedan exceptuadas las ventas de granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosas-y legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas-.
Sujetos obligados
Taxativamente Afip ha determinado un listado de empresas con nombre y apellido que serán los encargados de actuar como agentes de información. Puede consultarse aquí el padrón.
Sistema de información
Luego de informar las operaciones ocurridas entre enero/07 y hasta el mes de agosto/08, cuyo vencimiento se producirá el 30/09/08, se deberá proceder a continuar mensualmente con este sistema informando lo dispuesto dentro de las "operaciones a informar".
La información se presentará vía web durante el mes calendario siguiente al período de que se trate, hasta el día que conforme a la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), opera el vencimiento para la presentación de la declaración jurada del impuesto al valor agregado del responsable.
Opinión
Si bien no estamos contra los sistema de información, creemos que este tipo de información, con el alto grado de detalle, y teniendo en cuenta el ambiente y las costumbres con las que se mueven las operaciones rurales, resulta desproporcionado.
En concordancia con Enrique Scaloni (vicepresidente 1º de la IFA -International Fiscal Association) creemos que nos encontramos ante otra situación en la que el fisco revela la peligrosa tendencia de hacer recaer sus propias obligaciones de fiscalización en cabeza de los contribuyentes, quienes requerirán dedicarle mayor tiempo para afrontar estas nuevas obligaciones.
A la espera de sus comentarios, los saludamos atentamente.
CPN. MONJO, FERNANDO
Área Financiera
Proyecto Litoral
Área Financiera
Proyecto Litoral
No hay comentarios:
Publicar un comentario