martes, 25 de agosto de 2009

RIDICULEZ LEGAL: LA FALACIA DEL DTO 1128/09

Hay cosas que no dejan de asombrarme, la falacia burda que hoy se ve expresada, no ya en los diarios nacionales, sinó ya expresada en el texto de un decreto oficial es de una inseguridad jurídica disparatada.

Y es que el texto del decreto 1128/09 es absolutamente ridículo, ésto es lo más ridículo que he visto en una norma:

  • referida a la quita/reducción de retenciones a determinados distritos de la Pcia de Bs As: " Que el citado artículo no dispone ningún beneficio, ya que la producción agropecuaria no está gravada con derechos de exportación, siendo una actividad que no está gravada con el tributo"

  • Intento de ensuciar: "Sacar ventaja de errores ajenos puede ser una expresión de "picardía política", pero intentar movilizar a los productores en defensa de un artículo de una ley que claramente contradice los acuerdos parlamentarios que dieron marco a su aprobación es un acto de "bajeza política" y "mala fe parlamentaria".

  • No se puede exportar si hay poca producción: "Si hubo sequía o desastre que afecta la producción, no resulta posible que existan excedentes de producción para su exportación"

  • Pobrecitos, ONCCA y Afip no tienen controles: "Que podría generarse así una maniobra elusiva por parte de productores agropecuarios que produciendo materias primas en otros distritos, declaren que la producción proviene de la zona que gozaría de la exención, como sugieren descaradamente las declaraciones citadas."

Lean los CONSIDERANDOS del decreto 1128/09 y después preguntensé porqué Argentina ES UN PAIS POBRE.

Hasta la próxima.

CPN MONJO FERNANDO

PROYECTO LITORAL

No hay comentarios:

Related Posts with Thumbnails