domingo, 9 de agosto de 2009

CREASE EL "ROE BLANCO" PARA EXPORTAR PRODUCTOS LACTEOS

Esta es otra de las medidas oficializadas el día viernes en el Boletín Oficial: la creación de los REGISTROS DE OPERACIONES DE EXPORTACIÓN denominado ROE BLANCO.

Esta medida fue publicada el día viernes pasado mediante la Resolución 6688/09 de la ONCCA la cuál establece el procedimiento al que deberán ajustarse los exportadores lácteos para poder exportar. A su vez, la norma establece los controles que realizará ONCCA para autorizar dichos ROEs.

Los puntos destacados son:

Exportadores alcanzados: los que pretendan exportar los producto láctos comprendidos en el Anexo de la Resolución Nº 152/07.

Procedimiento: deberán presentar ante ONCCA con carácter de Declaración Jurada el formulario de Solicitud "DJ-020" en 2 copias y adjuntar la factura comercial de venta y/o contrato de venta y además el permiso de embarque respectivo.

Control de ONCCA:
1) Vigencia de la Inscripción en los Registros de la ONCCA.
2) Cumplimiento de las obligaciones aduaneras, impositivas y previsionales.
3) Se dará intervención a la Secretaría de Com. Interior y a la SAGPYA para conocimiento.
4) Se cargará la operación en el Sistema "María" de la Dir. Gral. de Aduanas.
Si en el plazo de 5 días hábiles ninguno de los organismos lo observare, se lo considerará aprobado por ellos y eso dejará en condiciones de resolver a la ONCCA si autoriza o no la exportación .

Un "pero..." importante: el ROE BLANCO se autorizará siempre que " con el objeto de garantizar el abastecimiento interno, las usinas lácteas en su conjunto mantengan en su poder como stock mínimo, la cantidad de VEINTICINCO MIL TONELADAS (25.000 t.) de leche en polvo". Esta cantidad no se trata de una cifra menor si tenemos en cuenta que en los meses de junio y julio se declararon ventas externas de leche en polvo entera a granel por 25.597 toneladas. Además la norma no explica cómo se redistribuirá entre las diferentes firmas lácteas exportadoras la obligación de mantener el stock de 25.000 toneladas.

Hasta aquí el resúmen de lo más importante de la normativa. Cualquier consulta, lo invito a dejar su comentario.


Hasta la próxima.


CPN.MONJO FERNANDO
PROYECTO LITORAL.

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