jueves, 15 de abril de 2010
RETOMO ACTIVIDADES EL CONSEJO FEDERAL AGROPECUARIO
lunes, 29 de marzo de 2010
ES POSIBLE ELIMINAR EL IMPUESTO AL CHEQUE?
lunes, 14 de diciembre de 2009
AUMENTO SALARIAL PARA LOS TRABAJADORES RURALES (2° Parte)
Continuando con el comentario de la Resolución 71/09 de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario que estableció el aumento salarial de los trabajadores rurales, vamos a hablar de la actualización de los topes indemnizatorios y del establecimiento de la Cuota de Solidaridad.Actualización de topes indemnizatorios.
En el caso de extinción de la relación laboral la Ley de Trabajo Agrario 22.248 establece lo siguiente:
ARTICULO 76.- En los casos de despido sin justa causa, el empleador deberá abonar al trabajador, en carácter de indemnización por antigüedad, el importe que resultare de la aplicación del siguiente procedimiento:
a) Un (1) mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres (3) meses, tomando como base la mejor remuneración mensual normal y habitual percibida durante el último año o durante el plazo de prestación de servicios si este fuera menor. Dicha base no podrá exceder de tres (3) veces el importe mensual de la suma que resulta del promedio de todas las remuneraciones fijadas por la Comisión Nacional de Trabajo Agrario y vigentes a la fecha de despido. Dicha comisión deberá fijar y publicar el monto que corresponda juntamente con las escalas salariales. El importe de esta indemnización en ningún caso podrá ser inferior a dos (2) meses, de sueldo, calculados en base al sistema del primer párrafo. (Inciso sustituido por art. 155 de la Ley N° 24.013 B.O. 17/12/1991)
b) Un incremento sobre el importe que resultare de la aplicación del inciso anterior, que se calculará según la siguiente escala:
- Del veinte por ciento (20%), cuando la antigüedad fuere de hasta diez (10) años.
- Del quince por ciento (15%), cuando fuere mayor de diez (10) años y hasta veinte (20) años.
- Del diez por ciento (10%), cuando fuere mayor de veinte (20) años.
- Base mensual $ 1874,10
- Tope máximo mensual $ 5622,29
Cuota de Solidaridad.
Para los trabajadores rurales que realizan tareas permanentes de manera continua o transitoria en el ámbito de todo el país, se establece que deberán abonar una cuota de solidaridad.
Esta cuota será retenida por sus empleadores directamente del sueldo que se abone a los trabajadores rurales. El monto a retener en función de dicha cuota, será igual al 2% de la remuneración total del trabajador.
Dicho importe será depositado en la cuenta del UATRE 26-026/08 en el Banco Nación antes del 15 de cada mes calendario.
Los trabajadores que se encuentren afiliados a las entidades SRA, Federación Agraria, CRA, CONINAGRO no abonarán dicha cuota.
La cuota regirá a partir de la vigencia de la Resolución 71/09 y por el término de 12 meses.
Cualquier consulta puede realizarla al mail cpnmonjo@hotmail.com o dejando un comentario en el presente artículo.
Saludos y hasta la próxima.
PROYECTO LITORAL
AUMENTO SALARIAL PARA LOS TRABAJADORES RURALES (1° Parte)
La Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) logró el aumento del 21% en las remuneraciones de los trabajadores rurales que realizan tareas permanentes de manera continua o transitoria en el ámbito de todo el país.Así lo establece la Resolución Nº 71/2009 de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA), que lleva la firma de los representantes gremiales, de las entidades que agrupan a los productores y del Poder Eejecutivo Nacional.
El incremento salarial –que es retroactivo al 1º de noviembre- fija las siguientes remuneraciones mínimas:
- Peón General $1700,06
- Peón Único $1745,28
- Peón Especializado de $1748,95 a $1991,69
- Personal Jerarquizado de $1874,48 a $2181,22
La Resolución Nº 71 también establece que las Comisiones Asesoras Regionales (CAR) negociarán las remuneraciones de las actividades agrarias particulares regionales no permanentes que se desarrollen en las respectivas jurisdicciones, tomando en consideración las características propias de cada tarea y las circunstancias socioeconómicas de la región.
PROYECTO LITORAL
viernes, 3 de abril de 2009
NUEVOS PROYECTOS DEL CONSEJO ECONOMICO PROVINCIAL DE STA FE
Hola a todos, desde Proyecto Litoral quiero hacerles llegar una noticia positiva para el agro que, en medio de la crisis con el gobierno, me parece más que relevante, sobre todo a nivel provincial.El encuentro contó con una nutrida asistencia de actores del sector productivo de Santa Fe y tuvo lugar en el salón de reuniones de la Estación Zoológica Experimental “Granja La Esmeralda” de la ciudad capital.
Además, participaron integrantes del gabinete ministerial así como los coordinadores de las cadenas de valor del sector productivo.
La actividad se dividido en dos partes, una primera en la que se presentó un pequeño resumen de cada proyecto y una segunda en la que los miembros del Consejo debatieron sobre cuales son los proyectos que consideran deben ser priorizados para presentar en el Programa de Servicios Agrícolas Provinciales de la Nación (Prosap), que de ser aprobados por la entidad nacional, se podrá acceder a fuentes de financiamientos otorgados por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
Cabe destacar que los proyectos que tienen prioridad de financiamiento son las obras públicas con impacto agrario.
En este sentido el Ministerio de la Producción presento diez proyectos ante el Consejo para analizarlos, que de aprobados, algunos de ellos se podrán implementar a fines de este año o principio del año que viene.
En términos generales los proyectos presentados incumben a la optimización de la producción agrícola a partir del mejoramiento de caminos rurales, el almacenamiento de agua, sistemas colectivos de riego ampliación de la red agro-hidro-meteorológica, y obtención de energía eléctrica, entre otros.
El ministro Bertero, en la oportunidad agradeció el aporte de los técnicos y profesionales que trabajaron en los proyectos presentados. Los mismos fueron coordinados con varios ministerios del Gobierno Provincial y la asistencia del Prosap.
El Prosap es un Programa de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos que financia proyectos para mejorar los servicios provinciales que sean deficientes y constituyan limitantes al desarrollo agropecuario en la provincia.
Luego del debate, las entidades presentes manifestaron la importancia de que se haya generado un ámbito donde por primera vez, los proyectos de desarrollo productivo para la provincia de Santa Fe se someten a la consideración de quienes representan a los actores productivos.
EL CONSEJO
El Consejo Económico Provincial es un espacio previsto en el marco de la adecuación de la estructura orgánica y operativa, que desde la presente gestión tiene el Ministerio de la Producción. Este órgano asesor es presidido por el titular de la cartera de la Producción y lo integran representantes de cada uno de los consejos económicos de las Cadenas Productivas, de las organizaciones y/o federaciones empresariales y del trabajo, así como legisladores de las comisiones de las cámaras de Diputados y Senadores, respectivamente, vinculadas al sector productivo de la provincia.
martes, 17 de marzo de 2009
CLAVES DE LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS A LAS EXPORTACIONES BOVINAS

- Reducción del encaje productivo exportador de carne
- Adecuación de un nuevo sistema "rápido" de exportación de carnes de alto valor agregado
- Apertura de una cuota adicional de exportaciones de carne
Reducción del encaje productivo exportador
- Se reduce el Encaje Productivo Exportador de los frigoríficos del 75% al 65%, razón por la cual se aumenta el saldo exportable de carne (Res 2236/09 ONCCA)
- Según Res 3433/08 ONCCA , se define al ENCAJE PRODUCTIVO EXPORTADOR: Piso o plataforma mínima de la Capacidad de Almacenamiento de la Producción, tendiente a asegurar el abastecimiento interno, respecto de las mercaderías que se detallan en el Anexo I de esa resolución.
- Según esa modificación se Aumentaría el REMANENTE EXPORTABLE de carne, producto de la diferencia entre el Stock de Producción deducido el Encaje Productivo Exportador o el Encaje Productivo Exportador Diferencial, según corresponda.

Adecuación de un nuevo sistema "rápido" de exportación de carnes de alto valor agregado
- Según la Res 2238/09 ONCCA se crea la "SOLICITUD ROE ROJO - CORTES DE ALTA CALIDAD DJ 016" estableciéndose además los controles A PRIORI que realizará el Area de Comercio Exterior de la ONCCA, previo a la otorgación del ROE ROJO
Apertura de una cuota adicional de exportaciones de carne
- Se crea una Cuota adicional anual de exportación de carne, por la cantidad de 60.000 toneladas, correspondientes a las categorías de vaca tipificadas como "E" y "F", en cualquier modalidad, incluyéndose la manta. Asimismo la categoría de vaca tipificada como "D" conserva, se incorporará una vez que se articulen los mecanismos legales correspondientes ( Res 2243/09 ONCCA).
Cualquier consulta sobre el tema, puede remitirla a cpnmonjo@hotmail.com o dejar su consulta comentando este post (más abajo).
Desde ya, saludos y hasta la próxima.
CPN. MONJO FERNANDO
Asesor Financiero
Proyecto litoral
CLAVES DE LAS COMPENSACIONES A LA INDUSTRIA MOLINERA

Luego del último acuerdo Campo-Gobierno, que dio lugar a ciertas medidas a favor del sector agropecuario, que se exteriorizaron luego en el dictado de las normas legales correspondientes, aquí, desde Proyecto Litoral, voy a indicarle los puntos más salientes de las medidas vinculadas a la industria de molienda de trigo.
- apertura de las exportaciones de trigo (pendientes a la fecha)
- suba del precio de abastecimiento interno del trigo
- modificación del règimen de compensación a la industria molinera.
Suba del precio de abastecimiento interno del trigo
Los puntos sobresalientes de la norma (Res 83/09 MECON)
- Establece que a partir del 9/3/09 los precios de abastecimiento interno son los siguientes:
Trigo $ 420
Girasol $ 524
Maíz $ 293
Soja $ 462 - Estos valores tienen efecto para las operaciones de compra-venta que se perfeccionen a partir de esa fecha.
Modificación del régimen de compensación a la industria molinera
A través de la Resol 2242/09 de la ONCCA se establece lo siguiente:
- Se deroga la Res 378/07 ONCCA que indicaba el procedimiento de compensación a la industria molinera.
- Se modifica la metodología para la implementación del régimen de compensaciones a los molinos de trigo y/o usuarios de molienda, siempre que:
- que vendan en el mercado interno harina de trigo calidad ("000")
- con destino al sector manufacturero
- que elaboren productos de abastecimiento masivo y
- que demuestren haber pagado el FAS teórico de acuerdo a condiciones de calidad.
- que estén registrados en el JAUKE y no tengas deudas exigibles con Fisco u ONCCA.
- La compensación se determinará y se pagará en forma mensual, por mes vencido a aquellos molinos de trigo y usuarios de molienda que vendan en el mercado interno bolsas de 50 kg. de harina de trigo calidad "000" con destino al sector manufacturero (ver condiciones arriba).
- El importe total de la compensación consistirá en la diferencia por tonelada de trigo entre el precio de abastecimiento interno ($ 420 tn-Res 83/09 MECON)y el precio de mercado fije la SAGPYA ($440 tn -Res 42/07 SAGPYA)
Cualquier consulta sobre el tema, puede remitirla a cpnmonjo@hotmail.com o dejar su consulta comentando este post (más abajo).
Desde ya, saludos y hasta la próxima.
CPN. MONJO FERNANDO
Asesor Financiero
Proyecto litoral.
sábado, 14 de marzo de 2009
CLAVES DE LAS COMPENSACIONES A LOS PRODUCTORES GANADEROS

Compensación a los productores bovinos.
- El Sistema de Compensación alcanzará a la venta de terneros/as con destino exclusivo a invernada durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2009 y el 30 de junio de 2009.
- Destinado a productores de cría bovina perjudicados por condiciones comerciales desfavorables.
- Parar propietarios de hasta un máximo de 600 cabezas, contabilizadas en todos los RENSPA y que hayan vendido terneros/as con destino exclusivo a invernada , siendo la cantidad máxima a compensar de TRESCIENTOS (300) animales.
- Productores que hayan vendido hasta CIEN (100) terneros/as: percibirán un Aporte Económico No Reintegrable de PESOS SESENTA ($ 60.-) por ternero/a vendido.
- Productores que hayan vendido hasta DOSCIENTOS (200) terneros/as: percibirán un Aporte Económico No Reintegrable de PESOS SESENTA ($ 60.-) por ternero/a por la venta de las primeras CIEN (100) cabezas, y de PESOS TREINTA ($ 30.-) por ternero/a por la venta de las restantes cabezas.
- Productores que hayan vendido hasta TRESCIENTOS (300) terneros/as: serán sujetos de un Aporte Económico No Reintegrable de PESOS SESENTA ($ 60.-) por ternero/a por la venta de las primeras CIEN (100) cabezas, de PESOS TREINTA ($ 30.-) por ternero/a por la venta de las CIENTO UNA (101) a las DOSCIENTAS (200) cabezas, y de PESOS VEINTE ($ 20.-) por ternero/a, por la venta de las restante cabezas.
- Monto máximo de compensación de PESOS ONCE MIL ($ 11.000) por productor.
- Establécese como fecha límite para acceder al Sistema de Compensación el 30 de setiembre de 2009.
Cualquier consulta sobre el tema, puede remitirla a cpnmonjo@hotmail.com o dejar su consulta comentando este post (más abajo).
Desde ya, saludos y hasta la próxima.
CPN. MONJO FERNANDO
Asesor Financiero
Proyecto litoral.
jueves, 12 de marzo de 2009
CLAVES DE LOS SUBSIDIOS Y COMPENSACIONES A PRODUCTORES TAMBEROS
- Subsidio a la producción láctea (Res 169/09 SAGPYA y Res 2241/09 ONCCA)
- Compensación a la cría de terneros machos (Res 170/09 SAGPYA y Res 2240/09 ONCCA)
Subsidio a la producción láctea.
Los puntos sobresalientes de la norma son :
- Serán beneficiarios del aporte los productores tamberos que hayan producido un promedio diario de hasta 3000 litros de leche con destino a su industrialización, en el periodo comprendido desde junio a septiembre de 2008.
- El aporte a que alude la presente norma, consistirá en la suma de $ 0,10 multiplicado por el promedio mensual en litros de leche fluida producida en el período junio a septiembre de 2008.
- La distribución de los importes resultantes de la aplicación de la presente medida, se efectuará durante DIEZ (10) meses a partir de marzo de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2009, a los productores tamberos a través de las industrias lácteas a las que proveen, siendo responsabilidad de éstas proceder a su pago conjuntamente con la liquidación del mes correspondiente, a partir de marzo de 2009 inclusive.
- No serán beneficiarios los productores tamberos cuyo promedio diario de producción en el período comprendido entre los meses de junio a septiembre de 2008 hayan superado la cantidad de TRES MIL (3.000) litros.
- Apruébase el Sistema de Compensación destinado a productores tamberos que críen y/o recríen terneros machos que: a) Hubieren nacido en tambo, b) Se encuentren caravaneados, c) Posean un peso superior a 130 kg al día de la solicitud, la cual debe presentarse entre el 1 de marzo de 2009 y el 31 de diciembre de 2009.
- La compensación económica consistirá en un aporte no reintegrable de $ 200 por ternero macho, proveniente de un rodeo de tambo y que haya sido vendido en el período indicado precedentemente.
- A los efectos de la determinación de la compensación se establecerá, como cantidad máxima de terneros a compensar, el número de cabezas que surge del cálculo de 47% sobre las VACAS TOTALES declaradas.
- El Monto en concepto de compensación será transferido a cada uno de los beneficiarios, a la Clave Bancaria Uniforme (CBU) denunciada.
Cualquier consulta sobre el tema, puede remitirla a cpnmonjo@hotmail.com o dejar su consulta comentando este post (más abajo).
Desde ya, saludos y hasta la próxima.
CPN. MONJO FERNANDO
Asesor Financiero
Proyecto litoral.
martes, 3 de marzo de 2009
ANALISIS PRELIMINAR DEL ACUERDO CAMPO-GOBIERNO

Además aclaró que se discutió sobre el proyecto oficial para intervenir en la comercialización de granos. En ese sentido, Randazzo dijo que Cristina Kirchner "planteó que de existir la creación de una agencia de estas características será para defender al mediano y pequeño productor", aunque aclaró que el proyecto pasará por el Parlamento.
Por el lado de los representantes agropecuarios, Mario Llambías (CRA) reafirmó las palabras de Buzzi: "El conflicto de ninguna manera está resuelto. Tanto tiempo llevó a una gran desconfianza y a un agravamiento de la situación. Creemos que la reunión, -continuó Llambías- que continuará el próximo martes, ha tenido algunos resultados positivos. Somos concientes de la situación del país. En ese sentido queremos encontrar soluciones; el campo quiere encontrar soluciones. Anuncios hemos tenido muchos, ahora precisamos que se implementen rápidamente. Esperamos que se cumplan."
LOS PUNTOS DEL ACTA ACUERDO
Granos
- Se cambia el regimen de compensación de molinos al mercado interno y se dispone un aumento del precio de abastecimiento de 370 a 420 pesos para el trigo. Actualmente el precio de abastecimiento interno de trigo esta fijado por la Resol 19/07 del M. Econ. Esto implicaría a priori, una reducción de lo que abona el Gobierno por compensaciones a los molinos de trigo y un aumento directo al precio que reciben los productores.
- Articulación de la apertura del registro de exportaciones de trigo.
- Establecimiento de competencia entre exportadores y molinos para subir los precios que reciben los productores de trigo.
Leche
- Se eliminan las retenciones de todos los productos lácteos, para que los tamberos reciban mayores ingresos.
- Compensación de $0,10 por litro de leche producida para los productores de hasta 3000 litros diarios y para crianza de terneros de hasta 130 kg.
- Eliminación del precio de corte para la exportación de leche en polvo entera y compensación de $200 para aquellos tamberos que críen terneros machos de tambo.
Carnes
- Se elevarán al Congreso la Ley Federal de Carnes y una norma de estímulo fiscal para la producción de novillos pesados.
- Compensación a productores de cría de bovinos perjudicados por la producción de hasta $11.000, para aquellos que tienen un rodeo de 600 cabezas.
- Se acordará con las economías regionales una baja de hasta el 50 por ciento en las retenciones, siempre y cuando esto aumente la competitividad.
Proximamente estaremos dando más detalles.
Saludos y hasta la próxima.
CPN MONJO, FERNANDO
Asesor Financiero
Proyecto Litoral.
martes, 7 de octubre de 2008
EL BNA LANZA UNA LINEA DE CREDITO PARA PRODUCCIONES AVICOLAS
Área Financiera
Proyecto Litoral
sábado, 30 de agosto de 2008
ENTRE RIOS CONSIGUIO CRÉDITO PARA EL ARROZ
De esta manera, el Banco Nación otorgará préstamos favorables, con:
- tasas de interés fija durante los primeros 5 años (actualmente, del 13% TNA, -excepto para gastos de evolución que es del 15% TNA-, bonificada en un punto porcentual anual por buen cumplimiento, para operaciones en pesos);
- destino amplio que incluye capital de trabajo, recomposición de capital de trabajo e inversiones sobre bienes nuevos y usados, nacionales o importados (admitiendo financiación en dólares estadounidenses);
- plazos de amortización de hasta 10 años para inversiones, 5 años para capital de trabajo y 1 año para gastos de evolución; desembolsos múltiples, etc.
Desde Proyecto Litoral celebramos la iniciativa y nos despedimos cordialmente hasta la próxima.
CPN. MONJO, FERNANDO
Área Financiera
Proyecto Litoral
domingo, 3 de agosto de 2008
NUEVAS COMPENSACIONES A LA LECHERIA
La medida que había dispuesto el ministro de Economía, Carlos Fernández, fue el resultado del Acuerdo Marco que firmaron el pasado 2 de julio distintas asociaciones de productores con el Poder Ejecutivo.
El Acuerdo y la reglamentación, establecen un Aporte No Reintegrable, como compensación, de $ 0,102 por litro de leche, lo cual sumado al pago mínimo al tambero por cada litro de leche, establecido actualmente en $0,945 por litro, redondea $1,047 por litro de leche fluída sin procesar para el productor.
Este beneficio alcanza a los tambos que producen 12.000 litros diarios de leche promedio por unidad productiva por cada uno de los meses de junio, julio y agosto de 2008. Para estos productores, la compensación de $0,102 alcanza a los primeros 6.000 litros de leche producidos en los meses de junio, julio y agosto.
Dicho en otras palabras: todos los productores (hasta 12.000 litros/día) recibirán:
Se recuerda a los operadores del mercado lácteo que los mencionados Aportes No Reintegrables pueden ser solicitados por los tamberos que ya han cobrado compensaciones, como también por otros que no hubieran solicitado o sean nuevos en la actividad. Para estos últimos, la ONCCA publicará el detalle del mecanismo que les permita acceder al sistema mediante un trámite simplificado.
Área Financiera
Proyecto Litoral



